El tema cuatro fue impartido en dos sesiones, en esta
entrada pretendo destacar los aspectos más importantes, partiendo del guion,
que veréis a continuación, del tema.
La unidad parte de definir el currículo como la regulación
de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para
cada una de las enseñanzas. Está compuesto por los siguientes elementos: objetivos,
competencias, contenidos, estándares de aprendizaje, criterios de evaluación y
metodología.
Las competencias del currículo son: comunicación
lingüística, competencia matemática y competencias básicas en ciencia y
tecnología, Competencia digital, aprender a aprender, Competencias sociales y cívicas,
Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor y Conciencia y expresiones
culturales.
Estas serán concretadas por el gobierno del Estado mediante
leyes orgánicas y reales decretos; por el Ministerio de Educación y el gobierno
autónomo mediante decretos, órdenes, resoluciones y disposiciones y en última
instancia por los centros educativas mediante el proyecto educativo, el
currículo y las programaciones.
El Gobierno del Estado tendrá que determinar los contenidos
comunes, los estándares de aprendizaje evaluables y el horario lectivo mínimo
de cada bloque de disciplinas troncales y específicas. Tendrá que determinar
también los criterios de evaluación y el grado de adquisición de las
competencias correspondientes.
El Ministerio de Educación tendrá que determinar los
criterios de evaluación final de las distintas enseñanzas y de las etapas
educativas así como el grado de adquisición de las competencias
correspondientes, en relación con los contenidos de los bloques de disciplinas
troncales y específicas. Deberá determinar también las características de las
pruebas de evaluación final de secundaria y bachillerato. Por último, deberá
diseñar dichas pruebas y establecer su contenido.
El Gobierno Autónomo tendrá que completar los contenidos de
las disciplinas troncales, establecer los contenidos de los bloques de las
disciplinas específicas y de libre configuración autonómica, realizar
recomendaciones de metodología didáctica para los centros docentes de sus
competencias, fijar el horario lectivo máximo correspondiente a los contenidos
de las disciplinas del bloque troncal, fijar el horario correspondiente a los
contenidos de las disciplinas específicas y de libre configuración, completar
los criterios de evaluación de las disciplinas troncales y específicas y
establecer los criterios de las de libre configuración; por último, tendrán que
establecer los estándares de aprendizaje evaluables de los contenidos de las
disciplinas de libre configuración.
Por último, están los centros docentes, cuyas responsabilidades
serán completar los contenidos de las disciplinas troncales, específicas y de
libre configuración así como configurar su oferta educativa, diseñar e
implantar métodos pedagógicos y didácticos propios y determinar la carga
horaria de las distintas disciplinas.
En cuanto a las lenguas extranjeras; en la primera lengua
extranjera, que será troncal, el Estado determina los contenidos comunes, fija
el horario lectivo minimo, determina los estándares de aprendizaje evaluables,
determina los criterios de evaluación de logro de los objetivos y del grado de
adquisición de competencias; el Ministerio determina los criterios de
evaluación final en relación con los contenidos, determina las características
de las pruebas de evaluación final, las diseña y determina su contenido para
cada convocatoria; El Gobierno autonómico completa los contenidos, recomienda
metodología didáctica, fija el horario lectivo máximo y completa los criterios
de evaluación; por último, los centros educativos complementan contenidos, diseñan
e implantan métodos pedagógicos y didácticos y determinan la carga horaria.
En cuanto a la segunda lengua extranjera que tendrá carácter
específico, el Estado tendrá que determinar los estándares de aprendizaje
evaluables, determinar los criterios de evaluación de logro de los objetivos y
del grado de adquisición de competencia; el Ministerio determina los criterios
de evaluación final en relación con los contenidos y las características de las
pruebas de evaluación final así como su diseño y el contenido para cada
convocatoria; el Gobierno autonómico se encarga de establecer los contenidos,
recomendar la metodología didáctica, fijar el horario y completar los criterios
de evaluación; por último, los centros educativos tendrán que completar los
contenidos, diseñar e implantar métodos pedagógicos y didácticos y determinar
la carga horaria.
En la siguiente imagen veremos cómo define la LOMCE el
objetivo general de las lenguas extranjeras en la ESO y los principios
metodológicos generales.
En cuanto a la carga horaria, la de la primera lengua
extranjera es de tres horas semanales durante todo la Educación Secundaria
Obligatoria mientras que la carga horaria de la segunda lengua extranjera es de
2 horas durante los tres primeros cursos y de tres en el último.
En la siguiente imagen veremos cómo define la LOMCE el
objetivo general de las lenguas extranjeras en Bachillerato y los principios
metodológicos.
La carga horaria de la primera lengua extranjera se mantiene en tres horas
semanales en Bachillerato mientras que la de la segunda es de dos horas el
primer curso y de tres el segundo.
El penúltimo punto tratado fue la Formación Profesional, de
lo que destacaré algunos puntos. Para
empezar hay que tener en cuenta que se divide en tres ciclos, una FP básica de
dos años de duración y luego los ciclos formativos de grado medio y de grado
superior. Durante la formación profesional tendrá la primera lengua extranjera
impartida por los profesores del módulo con un nivel de B2 y este solo será
impartido cuando el perfil profesional así lo requiera.
Por último, tratamos las lenguas tal como son impartidas en
las escuelas de idiomas partiendo de la división de la LOMCE: nivel básico
(A1-A2), nivel intermedio (B1-B2) y nivel avanzado (C1-C2). Estos cursos
cuentan tanto con la modalidad presencial como la modalidad a distancia. Se
incluyen en este tipo de formación cursos de conocimiento de idiomas para el
profesorado y otros colectivos profesionales.
La distribución competencial la podéis ver en las siguientes
imágenes:





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