lunes, 26 de diciembre de 2016

Tema 4 Diseño curricular



El tema cuatro fue impartido en dos sesiones, en esta entrada pretendo destacar los aspectos más importantes, partiendo del guion, que veréis a continuación, del tema.
La unidad parte de definir el currículo como la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas. Está compuesto por los siguientes elementos: objetivos, competencias, contenidos, estándares de aprendizaje, criterios de evaluación y metodología.
Las competencias del currículo son: comunicación lingüística, competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología, Competencia digital, aprender a aprender, Competencias sociales y cívicas, Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor y Conciencia y expresiones culturales.
Estas serán concretadas por el gobierno del Estado mediante leyes orgánicas y reales decretos; por el Ministerio de Educación y el gobierno autónomo mediante decretos, órdenes, resoluciones y disposiciones y en última instancia por los centros educativas mediante el proyecto educativo, el currículo y las programaciones.
El Gobierno del Estado tendrá que determinar los contenidos comunes, los estándares de aprendizaje evaluables y el horario lectivo mínimo de cada bloque de disciplinas troncales y específicas. Tendrá que determinar también los criterios de evaluación y el grado de adquisición de las competencias correspondientes.
El Ministerio de Educación tendrá que determinar los criterios de evaluación final de las distintas enseñanzas y de las etapas educativas así como el grado de adquisición de las competencias correspondientes, en relación con los contenidos de los bloques de disciplinas troncales y específicas. Deberá determinar también las características de las pruebas de evaluación final de secundaria y bachillerato. Por último, deberá diseñar dichas pruebas y establecer su contenido.
El Gobierno Autónomo tendrá que completar los contenidos de las disciplinas troncales, establecer los contenidos de los bloques de las disciplinas específicas y de libre configuración autonómica, realizar recomendaciones de metodología didáctica para los centros docentes de sus competencias, fijar el horario lectivo máximo correspondiente a los contenidos de las disciplinas del bloque troncal, fijar el horario correspondiente a los contenidos de las disciplinas específicas y de libre configuración, completar los criterios de evaluación de las disciplinas troncales y específicas y establecer los criterios de las de libre configuración; por último, tendrán que establecer los estándares de aprendizaje evaluables de los contenidos de las disciplinas de libre configuración.
Por último, están los centros docentes, cuyas responsabilidades serán completar los contenidos de las disciplinas troncales, específicas y de libre configuración así como configurar su oferta educativa, diseñar e implantar métodos pedagógicos y didácticos propios y determinar la carga horaria de las distintas disciplinas.
En cuanto a las lenguas extranjeras; en la primera lengua extranjera, que será troncal, el Estado determina los contenidos comunes, fija el horario lectivo minimo, determina los estándares de aprendizaje evaluables, determina los criterios de evaluación de logro de los objetivos y del grado de adquisición de competencias; el Ministerio determina los criterios de evaluación final en relación con los contenidos, determina las características de las pruebas de evaluación final, las diseña y determina su contenido para cada convocatoria; El Gobierno autonómico completa los contenidos, recomienda metodología didáctica, fija el horario lectivo máximo y completa los criterios de evaluación; por último, los centros educativos complementan contenidos, diseñan e implantan métodos pedagógicos y didácticos y determinan la carga horaria.  
En cuanto a la segunda lengua extranjera que tendrá carácter específico, el Estado tendrá que determinar los estándares de aprendizaje evaluables, determinar los criterios de evaluación de logro de los objetivos y del grado de adquisición de competencia; el Ministerio determina los criterios de evaluación final en relación con los contenidos y las características de las pruebas de evaluación final así como su diseño y el contenido para cada convocatoria; el Gobierno autonómico se encarga de establecer los contenidos, recomendar la metodología didáctica, fijar el horario y completar los criterios de evaluación; por último, los centros educativos tendrán que completar los contenidos, diseñar e implantar métodos pedagógicos y didácticos y determinar la carga horaria.
En la siguiente imagen veremos cómo define la LOMCE el objetivo general de las lenguas extranjeras en la ESO y los principios metodológicos generales. 

En cuanto a la carga horaria, la de la primera lengua extranjera es de tres horas semanales durante todo la Educación Secundaria Obligatoria mientras que la carga horaria de la segunda lengua extranjera es de 2 horas durante los tres primeros cursos y de tres en el último.
En la siguiente imagen veremos cómo define la LOMCE el objetivo general de las lenguas extranjeras en Bachillerato y los principios metodológicos. 

La carga horaria de la primera  lengua extranjera se mantiene en tres horas semanales en Bachillerato mientras que la de la segunda es de dos horas el primer curso y de tres el segundo.
El penúltimo punto tratado fue la Formación Profesional, de lo que destacaré algunos puntos.  Para empezar hay que tener en cuenta que se divide en tres ciclos, una FP básica de dos años de duración y luego los ciclos formativos de grado medio y de grado superior. Durante la formación profesional tendrá la primera lengua extranjera impartida por los profesores del módulo con un nivel de B2 y este solo será impartido cuando el perfil profesional así lo requiera.
Por último, tratamos las lenguas tal como son impartidas en las escuelas de idiomas partiendo de la división de la LOMCE: nivel básico (A1-A2), nivel intermedio (B1-B2) y nivel avanzado (C1-C2). Estos cursos cuentan tanto con la modalidad presencial como la modalidad a distancia. Se incluyen en este tipo de formación cursos de conocimiento de idiomas para el profesorado y otros colectivos profesionales.
La distribución competencial la podéis ver en las siguientes imágenes:


 


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